Casi cuatro años exactos de negociaciones entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las insurgentes Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) es cierto que han hecho callar a las armas, pero eso aún no ha significado el establecimiento de la paz.

Hace unos días, las dos partes firmaron en La Habana un nuevo acuerdo final de paz, en una ceremonia a la que asistió el canciller cubano Bruno Rodríguez, en representación del país que ha sido sede de las negociaciones.

El pacto fue suscrito por los jefes de cada equipo negociador, el ex vicepresidente Humberto de la Calle, por la parte gubernamental, y el comandante guerrillero Iván Márquez, por los insurgentes.

Ese nuevo convenio es el resultado del fracaso del plebiscito realizado en Colombia el pasado dos de octubre, que debía refrendar la paz acordada el 26 de septiembre por Santos y el máximo jefe del grupo guerrillero, Timoleón Jiménez, también conocido como Timoshenko.

Desde un inicio de las complicadas negociaciones, la guerrilla se opuso a la realización de un plebiscito, habida cuenta de que el gobierno tiene suficiente amparo legal para hacer efectivo el resultado de aquel acuerdo.

Sin embargo, el empecinamiento de Santos y su gabinete dieron al traste con todo  lo pactado, al desconocer la fuerza de un sector de la derecha encabezado por el ex presidente Álvaro Uribe, principal opositor a los acuerdos y quien se dedicó con saña a amedrentar a los colombianos.

Por otro lado, los altos niveles de abstención, que superaron el 60 por ciento, y el hecho de que la mayoría de los votantes vive en ciudades alejadas de las zonas de conflicto, convirtieron a la consulta en un triunfo del miedo, como dijeron en su momento algunos analistas.

Desde entonces, los delegados de las FARC-EP y del gobierno regresaron a la mesa de diálogo en la capital cubana para discutir ajustes al texto del acuerdo original, a partir de las propuestas y sugerencias sobre todo de quienes se opusieron al pacto.

“Estamos convencidos que este documento señala caminos viables y posibles para acabar con el conflicto en Colombia”, dijo De la Calle en una alocución tras la firma del nuevo acuerdo con la guerrilla.

El jefe del equipo negociador gubernamental destacó que ese acuerdo es mejor que el anterior, pues resolvió inquietudes de los colombianos, y probó que a pesar de las diferencias, con diálogo es posible llegar a puntos de encuentro.

Por su parte, Iván Márquez calificó al nuevo texto como el Acuerdo de la Esperanza, un poderoso instrumento para la democratización del país y para la materialización de los derechos de la gente.

Tanto las FARC como el gobierno de Santos coincidieron en que ahora el único camino es la implementación del convenio final para la construcción de una paz estable y duradera en Colombia.

El nuevo acuerdo, que no será incorporado a la Constitución, hace precisiones sobre los derechos de la propiedad privada, un tribunal especial de justicia y los sitios de confinamiento donde los rebeldes cumplirán penas privativas de la libertad de entre cinco y ochos años por los crímenes cometidos en el conflicto armado de más de medio siglo.

Además, incluye aclaraciones sobre la lucha contra el narcotráfico, compromete a la guerrilla a entregar sus bienes para indemnizar a las víctimas y establece que la implementación de los acuerdos se hará sin poner en riesgo la estabilidad fiscal del país.

Tanto Timoshenko como Santos, ganador este último del Premio Nobel de la Paz en octubre último por sus esfuerzos por poner fin al conflicto armado, esperan con el nuevo acuerdo unir a una nación dividida después de que el proceso hacia la paz quedó en peligro por su rechazo en el plebiscito.

Viene ahora la tarea más ardua, la implementación de todo lo pactado y la incorporación de las FARC-EP, como partido político, al juego democrático, pero sobre todo el retorno de la paz a un país agobiado por tantos años de cruenta guerra.

Principales ajustes al acuerdo

  • Durante el término de la dejación de armas, las FARC presentarán un inventario de bienes y activos para destinarlos a la reparación material de las víctimas.
  • En cuanto a la Jurisdicción Especial para la Paz se atendió la mayoría de las propuestas formuladas.
  • Se precisaron de manera concreta las características y mecanismos de la restricción efectiva de la libertad.
  • Se fijaron los espacios territoriales específicos para el cumplimiento de las sanciones con un tamaño máximo a las zonas veredales, los periodos de ejecución de las acciones reparadoras, la precisión del lugar de residencia, los mecanismos de monitoreo y la regulación del sistema de autorización para los desplazamientos por fuera de las zonas, requisito necesario en todos los casos.
  • Mientras entra en funcionamiento la JEP, las acciones reparadoras debidamente verificadas pueden ser descontadas de la sanción que se imponga.
  • Sobre la conexidad del narcotráfico con el delito político, el acuerdo es que los Magistrados tendrán en cuenta caso a caso la jurisprudencia de las cortes colombianas.
  • Se eliminan los Magistrados extranjeros, pero se acepta la presencia de amicus curiae -expertos extranjeros- para rendir conceptos sobre los casos que se tramiten.
  • Queda claro que entre la normatividad aplicable se incluye el Código Penal Colombiano y que las normas procedimentales deberán ser incorporadas al ordenamiento legal.
  • Serán de competencia de la JEP las conductas de financiación o colaboración con actores del conflicto en que hayan incurrido los terceros no combatientes que tuvieron una participación activa o determinante en los crímenes más graves. Se eliminó la participación habitual. Y se reafirmó que los demás, si contribuyen a las medidas de verdad y reparación, pueden beneficiarse de la renuncia de la acción penal u otro tipo de terminación anticipada del proceso.
  • Se estableció el término concreto de duración de la Jurisdicción.
  • Se eliminó la idea de incorporar el Acuerdo a la Constitución Política y al llamado bloque de constitucionalidad. El principio general de garantía de cumplimiento es el compromiso de que ambas partes cumplirán de buena fe lo pactado, y en lo que tiene que ver con el Estado, los principios que informan el Acuerdo serán parámetro de interpretación y guía de la aplicación normativa y práctica.
  • Se estableció también que la revisión de la tutela contra decisiones de la Jurisdicción Especial en cabeza de la Corte Constitucional.
  • Se define qué se entiende por enfoque de género. Significa el reconocimiento de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y de las circunstancias especiales de cada uno. Supone reconocer que el conflicto ha impactado de manera diferenciada a la mujer y que, en consecuencia, se requieren acciones distintas y específicas para restablecer sus derechos.
  • Incluye también un principio de respeto a la igualdad y no discriminación, que implica que toda persona, independientemente de su sexo, edad, creencias religiosas, opiniones, identidad étnica, pertenencia a la población LGBTI, o cualquier otra razón, tiene derecho a disfrutar de todos los derechos. Ningún contenido del Acuerdo Final se entenderá o interpretará como la negación, restricción o menoscabo de los derechos de las personas.
  • Se estipula que en la implementación de lo acordado se deberá respetar la libertad de cultos, lo que significa el reconocimiento y respeto a la práctica de cualquier manifestación de religiosidad.
  • Mantenemos vivo el compromiso con el campo a través de una política de recuperación de la familia campesina, que impulse el acceso equitativo a la tierra y que cree condiciones de vida digna.
  • En la Reforma Rural Integral hemos afirmado que “nada de lo establecido en el acuerdo debe afectar el derecho constitucional a la propiedad privada”.
  • También quedó explícito que los programas cuyo destinatario es el campesino no impiden la puesta en práctica de diversas formas de producción, tales como la agroindustria o el turismo.
  • Para lograr darle la mayor solidez a la reforma rural, se ajustaron los tiempos de implementación a las nuevas realidades fiscales. El acuerdo además por sí mismo no crea Zonas de Reserva Campesina.
  • Desde el Acuerdo de Cartagena se había dado un paso inmenso en la lucha contra el problema mundial de la droga. Las FARC se comprometieron a romper todo vínculo con él y a cooperar en la superación de ese fenómeno. Ahora, en el nuevo Acuerdo se ha logrado precisar de manera concreta las características de esa cooperación y además quienes acudan a la JEP –todos, no solo las FARC- deberán informar de manera exhaustiva y detallada sobre las informaciones de las que dispongan para atribuir responsabilidades.
  • Se aclara que los programas de sustitución buscan tener territorios libres de cultivos de uso ilícitos de modo que no se establezca un marco de coexistencia entre el programa de sustitución y la continuación de tales cultivos.
  • En cuanto a la aplicación de las políticas sobre el consumo, se robustece el papel de la familia y de los grupos religiosos.
  • Se estableció el compromiso de respetar el principio de sostenibilidad de las finanzas públicas. En tal sentido, el Plan Marco acordado para las inversiones, deberá contener las fuentes de financiación.

Testimonio de una colombiana que ha vivido en medio de la guerra.